Rechazo a la unificación procesal de Airaldi
El Tribunal Oral Federal de Paraná declaró inadmisible el recurso de casación presentado por la defensa de Leonardo Airaldi, quien será juzgado en un juicio unificado por dos causas de narcotráfico que involucran a Santa Fe y Entre Ríos. El tribunal rechazó el planteo por considerar que no cumple con los requisitos de fundamentación autónoma y omite antecedentes clave para la comprensión del caso.
En las últimas horas, el TOF de Paraná, integrado por Noemí Berros, Mariela Emilce Rojas y José María Escobar Cello, resolvió declarar inadmisible el recurso interpuesto por la defensora técnica Mariana Barbitta. El recurso cuestionaba una resolución del mismo tribunal del 19 de diciembre de 2025 que dispuso acumular subjetivamente la causa “Airaldi, Leonardo Roberto s/Infracción Ley 23.737” a la causa “Airaldi, Leonardo Roberto y otros s/Infracción Ley 23.737”.
La defensa del productor agropecuario y ex titular de la Sociedad Rural de Diamante, que será juzgado junto con otros trece imputados, recibió así el rechazo a su intento de impugnar la unificación de las causas que se iniciaron en las provincias de Santa Fe y Entre Ríos.
Agravios de la defensa
En su recurso, la defensa cuestionó que, mediante una resolución de incompetencia del Tribunal Oral Federal de Santa Fe, se avasalló la garantía del Juez Natural. También argumentó que se afectó la imparcialidad del TOF de Paraná al “pretender acumular al debate oral una causa que no tiene nada que ver con la presente”, a pesar de que en ambas se investigan maniobras de narcotráfico.
Además, sostuvo que el principio de economía procesal que busca una más rápida administración de justicia se malogró al “pretender llevar a un único juicio a Leonardo Airaldi por dos causas totalmente distintas”. En otro orden, la defensa alegó que su asistido no pudo ofrecer prueba en base al nuevo contexto de la acumulación, ya que los ofrecimientos probatorios se presentaron antes de la resolución de incompetencia del tribunal santafesino.
Falta de fundamentación autónoma
El TOF analizó que el escrito recursivo “no cumple en modo alguno el recaudo de autosuficiencia y fundamentación autónoma”. Los magistrados señalaron que el planteo omite enunciar los antecedentes relevantes de la causa para la comprensión del caso y soslaya especificar cuál es el concreto vicio que le achaca a la resolución que impugna.
El tribunal también destacó una contradicción en el planteo de la defensa, indicando que, en rigor, la recurrente no se agravia de la resolución del TOF de Paraná, sino de una resolución anterior del Tribunal Oral Federal de Santa Fe que declaró su incompetencia, la cual ya había quedado firme.
Imparcialidad y conexidad
Respecto al alegato de que la acumulación afecta la imparcialidad del tribunal, el TOF sostuvo que la defensa no argumentó “seria y adecuadamente las razones concretas y ciertas” que alega como vulneratorias de dicha garantía. Los jueces recordaron que la imparcialidad se define como la ausencia de prejuicios o intereses del juzgador frente al caso.
Finalmente, el tribunal destacó que “no existe controversia acerca de que las causas presentan un supuesto de conexidad subjetiva en relación a Leonardo Roberto Airaldi”. Por lo tanto, lejos de malograrse, los objetivos propios de la acumulación de causas se verían plenamente satisfechos, permitiendo una más eficaz administración de justicia.







