Rechazan libertad condicional a condenado por asociación ilícita
(Regional 97.3) La jueza del Tribunal Oral Federal de Paraná, Noemí Berros, resolvió rechazar el pedido de libertad condicional presentado por Sergio Oscar De Araquistain, el contador condenado por integrar una organización que simuló el pago de deudas fiscales y causó un perjuicio millonario al Estado. En la misma resolución, la magistrada dispuso que la Unidad Penal N° 9 de Gualeguaychú dé cumplimiento al programa de tratamiento individualizado, con especial atención al período de prueba con salidas transitorias que ya transita el condenado.
El hecho
De Araquistain fue condenado en 2023 a más de cuatro años de prisión por su participación en una organización que, entre 2010 y 2015, perpetró un daño a las arcas del Estado mediante la simulación dolosa del pago de deudas que mantenían contribuyentes con la ex AFIP-DGR. El fallo analizó que solo estuvo dos meses detenido en la cárcel porque accedió a la prisión domiciliaria.
Según la acusación fiscal y la querella de la AFIP-DGR, los imputados contactaban a distintos contribuyentes de Paraná, Entre Ríos —concretamente a Miguel Ángel Marizza, Guillermo Gabriel Galeazzo y Néstor Iván Szczech— que registraban deuda ante la Administración Federal de Ingresos Públicos. A esos contribuyentes les proporcionaban certificados falsos de retenciones ficticias sufridas en apariencia por otros contribuyentes, que generaban un saldo de libre disponibilidad que era inmediata e indebidamente utilizado para cancelar distintas deudas fiscales. Además, intervenían en la gestión y el trámite ante el Fisco para hacer valer dichos certificados falsos.
En condiciones de acceder
Berros intervino en el expediente para analizar el pedido del defensor, Carlos González Guerra, quien solicitó la libertad condicional de su defendido argumentando que ya se encontraba en condiciones de acceder al beneficio. El defensor señaló que De Araquistain está en la etapa final de la pena, mantiene arraigo familiar acreditado, domicilio verificado y una adecuada red de contención social y familiar, y que desarrolla correctamente sus salidas transitorias.
“Aspectos negativos”
La vocal también analizó la postura del fiscal general, José Candiotti, que rechazó la pretensión al considerar que persisten en De Araquistain actitudes que, de momento, no lo hacen merecedor del instituto pretendido. El fiscal destacó diversos aspectos negativos, entre ellos la escasa implicancia a nivel subjetivo y la alteración de la capacidad de reflexión frente a los hechos que lo llevaron a cumplir encierro. También señaló que no deben perderse de vista las recomendaciones del programa individualizado de tratamiento, que sugieren incentivar su continuidad en el espacio educativo y laboral, y dar inicio a tratamiento psicológico.
Cronología
De Araquistain fue condenado a seis años y tres meses de prisión y multa de 90.000 pesos como coautor del delito de asociación ilícita fiscal, pero luego la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena y modificó el monto de la pena, imponiéndole cuatro años y seis meses de prisión. De acuerdo al nuevo cómputo, la pena cesará en noviembre de 2027. El condenado estuvo detenido con prisión domiciliaria desde mayo de 2023, y posteriormente, al quedar firme la sentencia, se concretó la ejecución de la pena y fue alojado en la Unidad Penal N° 9 de Gualeguaychú.
Escaso tiempo de prisionalización
Berros evaluó que los informes provenientes de la unidad penal demuestran que desde su ingreso al establecimiento carcelario, De Araquistain ha tenido una adecuada adaptación al régimen institucional, considerando el escaso tiempo de prisionalización que lleva adelante. Aunque a la fecha reúne el requisito temporal exigido por el Código Penal, la jueza sostuvo que corresponde analizar los restantes recaudos habilitantes.
La vocal destacó que la última norma referida establece que el Servicio Penitenciario Provincial emitirá informes técnicos criminológicos en los que se dictaminará acerca de la viabilidad del instituto en relación a la progresividad del régimen penitenciario. En contraposición a los informes vertidos oportunamente desde la unidad penal y al dictamen fiscal, se resolvió autorizar a De Araquistain a usufructuar de salidas transitorias sociofamiliares bajo palabra de honor, con una modalidad de dos egresos mensuales de 24 horas por vez.
También consideró que para acceder al beneficio solicitado, tratándose de la etapa final del régimen progresivo de la pena mediante la liberación anticipada, se requiere un grado de confianza en el autogobierno del condenado que aún debe constatarse evaluando su tránsito en el establecimiento carcelario, dado que a la fecha ha sido escaso el tiempo desde que se le concedieron los egresos sociofamiliares, apenas dos meses.
Espacios de tratamiento
Berros sostuvo que resulta imprescindible que, de modo previo a acceder a la libertad condicional, De Araquistain acceda a los espacios tratamentales ofrecidos en la unidad penal —intra y extramuros, espacios educativos, actividades laborales—, inicie el espacio de psicoterapia y transite otras instancias que el régimen de ejecución de la pena establece, como la semilibertad. Todo ello favorecerá la reinserción útil y productiva al entorno social, según la magistrada.
Fuente: APFDigital







