Policías condenados por abusos recurren veredicto
En las últimas horas, las defensas de los policías entrerrianos condenados por abuso sexual confirmaron que recurrirán el veredicto y detallaron que el juez dispuso su arresto domiciliario, rechazando el pedido de la Fiscalía de que sean alojados en la unidad penal. El anuncio se conoció al mismo tiempo que se informó la pena impuesta a cada uno de los agentes.
Los abogados defensores de Ezequiel Alejandro García y de Samuel Enrique Morel, Claudio Berón e Iván Vernengo junto a Damián Petenatti respectivamente, adelantaron en un comunicado conjunto que apelarán el fallo de culpabilidad emitido por un jurado popular. El jurado halló al agente García culpable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal agravado” y al cabo Morel como partícipe necesario del mismo delito, agravado por ser personal de las fuerzas de seguridad.
Las defensas aclararon que el Juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná ordenó la prisión domiciliaria para los condenados, tal como lo habían solicitado, y desestimó el pedido del Ministerio Público Fiscal. Durante la audiencia de cesura, las fiscales Valeria Vilchez y Fernanda Ruffatti habían solicitado penas de 15 y 12 años de prisión para García y Morel respectivamente, petición a la que adhirieron los querellantes Guillermo Mulet y Leonardo Schonfeld. También participó del proceso en representación del Superior Gobierno de Entre Ríos, Julián Gracia.
Cuestionan la deliberación del jurado
En el comunicado, los defensores anunciaron que apelarán el veredicto debido a lo que califican como “serios inconvenientes durante la deliberación del jurado”. En este sentido, destacaron que la deliberación demandó casi ocho horas, una de las más extensas desde la implementación del juicio por Jurados en la provincia.
Las defensas recordaron que la deliberación comenzó un día viernes por la tarde y debió extenderse hasta el día siguiente. Sostienen que durante la misma “se presentaron varias cuestiones”, siendo la más importante el apartamiento de uno de los doce jurados por disentir con el resto, quien contaba con el apoyo de otros integrantes. Los abogados defensores se opusieron a esa medida, argumentando que se debía declarar estancado al jurado, y consideran que la decisión de apartarlo inclinó al resto a emitir un veredicto de culpabilidad.
Las penas impuestas
Recientemente se conoció que el juez técnico del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Alejandro Cánepa, dictó la cesura de la pena. Impuso a Ezequiel García una condena de 12 años de prisión, más las accesorias legales y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. A Samuel Morel le impuso una pena de 10 años de prisión, con las mismas accesorias e inhabilitación perpetua.
La información oficial del Poder Judicial consignó que el magistrado resolvió mantener la prisión preventiva de los condenados bajo la modalidad de arresto domiciliario hasta que la sentencia quede firme, tal como lo señalaron las defensas.
La sentencia también incluyó la incorporación del perfil genético de ambos condenados al Registro Provincial de Datos Genéticos y al Registro Nacional, una vez que la sentencia adquiera firmeza.







