Niegan hábeas corpus a narcos por empeoramiento carcelario

Niegan hábeas corpus a narcos por empeoramiento carcelario

(Regional 97.3) En las últimas horas, la Cámara Federal de Paraná confirmó el rechazo de un recurso de Habeas Corpus presentado por tres personas procesadas con prisión preventiva por presunto narcotráfico. Se trata de una pareja y un hombre que alegaban un agravamiento ilegítimo en sus condiciones de detención. El recurso fue rechazado in limine por el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay y ratificado por la Cámara, integrada por Mateo Busaniche y Cintia Gómez.

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En el caso de la pareja, la defensa denunció la falta de respuesta eficaz por parte de los organismos penitenciarios y de seguridad para arbitrar medidas que preserven derechos fundamentales no alcanzados por la restricción ambulatoria. Específicamente, señaló que CB (alojado en la UP N°8) y NA (en prisión domiciliaria) conformarían un núcleo familiar con vínculo afectivo estable y responsabilidades parentales comunes, pero que “pese a las reiteradas gestiones impulsadas, no ha sido posible concretar un traslado de NA al organismo competente para formalizar el acta de convivencia exigida administrativamente para viabilizar el régimen de acercamiento y visitas”. La defensa calificó esta situación como “una restricción indefinida del derecho al vínculo familiar”.

No se verifica

La Cámara, tras analizar las posturas, expresó que “de las constancias obrantes no se verifica que se hayan configurado algunos de los supuestos previstos en el artículo 3 de la ley 23.098, esto es limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria sin orden escrita de autoridad competente y/o agravación ilegítima de la forma y condiciones en que se cumple la privación de libertad”. Además, advirtió que el objeto de la acción “coincide sustancialmente con las pretensiones ya introducidas por la defensa en la causa principal, y que el juzgado ha dado el tratamiento procesal correspondiente”.

Situación de particular gravedad

Respecto a EAL, alojado en la UP N° 3, la defensa sostuvo que su traslado se dio como consecuencia de un incidente con CB en la UP N°4, donde los habrían colocado en el mismo pabellón con el padre de EAL (RL, ex pareja de su madre NA), personas con antecedentes de conflicto interpersonal. “Esa decisión generó un contexto de tensión que derivó en posteriores traslados y modificaciones de alojamiento, evidenciando que el riesgo era real y previsible”, indicó la defensa, y pidió que se fijara audiencia para ampliar oralmente los fundamentos y arbitrar una solución inmediata.

Manifiestamente improcedente

La Cámara evaluó que la jueza federal concluyó que “la acción intentada resulta manifiestamente improcedente toda vez que los reclamos vertidos relacionados al traslado para realizar trámites administrativos, acercamientos familiares y cambios de unidades penales han tenido adecuado tratamiento en la causa principal, encontrándose dichos decisorios en conocimiento del presentante y consentidos”. También agregó que “las medidas de coerción impuestas se encuentran adecuadamente fundamentadas, y confirmadas por la Cámara de jurisdicción, y ninguna circunstancia fáctica sobreviniente evidencia un agravamiento de la forma y condiciones en que los imputados cumplen su privación de libertad”. (APFDigital)

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