La Reforma Laboral Avanza en el Senado con Modificaciones en Contratos y Regulación de Huelgas

La reforma laboral regresa al Senado con cambios en contratos y huelgas

La Cámara de Diputados eliminó el polémico artículo 44 sobre las licencias por enfermedad y el Senado volverá a tratar la reforma laboral. El proyecto, además, establece cambios en la ley de contrato de trabajo, en las asociaciones sindicales, limita el derecho de huelga, entre otros puntos clave.

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En las últimas horas, la Cámara baja introdujo modificaciones al proyecto de modernización laboral que había aprobado el Senado, por lo que debe volver a ese cuerpo para ser sancionado de forma definitiva. El cambio principal fue la eliminación del artículo 44, referido a las licencias por enfermedad. De haberse mantenido, los empleados que se enfermaran o sufrieran un accidente ajeno al trabajo solo cobrarían el 50 por ciento de sus haberes, un punto muy cuestionado ya que tampoco contemplaba enfermedades graves de tratamientos extensos.

El oficialismo logró la aprobación en Diputados y ahora buscará convertir el texto en ley en el Senado en los próximos días.

Los principales cambios de la reforma

El proyecto establece modificaciones profundas en diversas áreas del derecho laboral. Acá te contamos los puntos más relevantes.

Convenios por empresa

Se descentraliza la negociación colectiva, priorizando los acuerdos a nivel de empresa por sobre los convenios de actividad general. “Los Convenios Colectivos de ámbito mayor no podrán modificar ni disponer el contenido de los convenios de ámbito menor”, establece.

Ultraactividad

Los convenios colectivos vencidos no mantendrán todos sus efectos hasta la firma de un nuevo acuerdo. Solo quedarán vigentes las normas referidas a las condiciones básicas de trabajo.

Salario “dinámico”

Se permitirá incorporar, por negociación colectiva o decisión del empleador, componentes retributivos adicionales, transitorios, fijos o variables por encima del salario básico.

Indemnizaciones

Se mantiene el cálculo de un mes de sueldo por año de servicio, pero se especifica que en las liquidaciones por despido “no tendrán incidencia los conceptos de pago no mensuales como el aguinaldo, vacaciones o premios no mensuales”.

Fondo de Asistencia Laboral

Se crea un fondo para financiar despidos con una contribución mensual del 1% para grandes empresas y del 2,5% para pymes. A cambio, las empresas recibirán descuentos en las contribuciones patronales.

Banco de horas

Se podrá utilizar para compensar jornadas más largas de un día con jornadas más cortas en otro, con un máximo de 12 horas laborales y 12 de descanso obligatorio.

Vacaciones

Deberán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente y podrán tomarse en forma dividida, con un mínimo de 7 días. El empleador debe notificar con 45 días de antelación.

Limitación al derecho de huelga

Se restringe al declarar “servicios esenciales” (con cobertura mínima del 75%) y “servicios trascendentales” (con cobertura mínima del 50%). Los bloqueos que afecten la libertad de trabajo serán considerados “infracciones muy graves”.

Sindicatos

Se establece un tope del 2% para las cuotas solidarias. Las asambleas sólo podrán realizarse en los lugares de trabajo con autorización del empleador. Los delegados tendrán un crédito de hasta 10 horas mensuales retribuidas para sus funciones.

Plataformas digitales

Se denomina a los repartidores como “prestadores independientes”, sin relación de dependencia. Las empresas deberán contratar seguros de accidentes y brindar capacitación.

Otros puntos destacados

Se elimina la responsabilidad solidaria de la empresa principal que contrata a terceros. Se establecen requisitos más estrictos para la validez de los certificados médicos. Habrá incentivos fiscales para empresas que contraten nuevo personal. Se derogan varios impuestos internos y se exime el riego agroindustrial del impuesto a la energía eléctrica. Se traslada la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires. Se deroga la ley de teletrabajo y se reemplaza por modalidades más flexibles, y se derogan estatutos profesionales específicos en un plazo de un año.

Fuente: NA

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