Ater actualiza valuaciones de embarcaciones para impuestos 2026

Ater actualiza las valuaciones de embarcaciones para los impuestos 2026

(Regional 97.3) La Administradora Tributaria de Entre Ríos (Ater) aprobó las nuevas tablas de valores referenciales para embarcaciones deportivas y de recreación que regirán durante el próximo período fiscal. La medida quedó formalizada mediante una resolución oficial y establece las valuaciones que serán utilizadas para calcular el impuesto provincial que deben abonar los propietarios de estos bienes en la provincia.

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La actualización se realizó en virtud de lo dispuesto por el artículo 275 del Código Fiscal, que faculta al organismo a asignar un valor anual a cada embarcación considerando distintos parámetros, entre ellos el precio de compra, los valores de mercado, las tasaciones registradas ante la Prefectura Naval Argentina y el valor asegurado del bien.

Desde Ater señalaron que la actualización de los montos busca adecuar las valuaciones a la realidad económica actual, reemplazando los valores que se encontraban vigentes desde la resolución anterior.

Los nuevos valores de referencia

Entre las valuaciones aprobadas, las motos náuticas de hasta 95 HP tendrán un valor referencial de $7.709.900, mientras que aquellas que superen esa potencia serán consideradas en $12.042.800.

En el caso de las embarcaciones a motor, los valores parten desde $4.778.400 para unidades de hasta cinco metros de eslora y hasta 40 HP, y llegan hasta $143.231.000 para aquellas que superen los 14 metros de longitud.

Por su parte, los veleros tendrán valuaciones que oscilarán entre $8.947.400 para las unidades más pequeñas y $122.221.000 para aquellas de más de 14 metros de eslora.

Cómo impacta en los contribuyentes

Las tablas aprobadas no implican la creación de un nuevo tributo ni una modificación de las alícuotas vigentes. Sin embargo, constituyen la base imponible sobre la cual se calcula el impuesto correspondiente a las embarcaciones deportivas y de recreación.

La normativa también prevé que, cuando no pueda determinarse el valor real de una embarcación o de su motor, o cuando el contribuyente no aporte la documentación respaldatoria requerida, Ater podrá utilizar directamente estos valores referenciales para liquidar el tributo.

Estas nuevas valuaciones servirán como parámetro oficial para la determinación del impuesto durante todo el próximo ejercicio fiscal y alcanzarán a lanchas, motos de agua, veleros y demás embarcaciones deportivas o recreativas registradas en la provincia.

Todas las valuaciones referenciales

Motos náuticas
Hasta 95 HP: $7.709.900
Más de 95 HP: $12.042.800

Embarcaciones a motor
Hasta 5 metros de eslora y hasta 40 HP: $4.778.400
Hasta 5 metros y de 40 a 90 HP: $6.689.100
Hasta 5 metros y más de 90 HP: $11.454.300
Más de 5 y hasta 7 metros: $21.000.000
Más de 7 y hasta 9 metros: $38.196.400
Más de 9 y hasta 11 metros: $52.523.900
Más de 11 y hasta 14 metros: $74.482.100
Más de 14 metros: $143.231.000

Veleros
Hasta 5 metros: $8.947.400
Más de 5 y hasta 7 metros: $14.359.400
Más de 7 y hasta 9 metros: $17.986.100
Más de 9 y hasta 11 metros: $28.647.300
Más de 11 y hasta 14 metros: $58.669.600
Más de 14 metros: $122.221.000

Motores para veleros
Menor a 20 HP: $1.433.300
20 HP: $1.832.600
Por cada HP (más de 20): $49.060

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