Monotributistas: Alerta urgente sobre recategorización y multas de ARCA

Alerta urgente monotributistas serán recategorizados y multados por ARCA

Atención, monotributistas de Entre Ríos: la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) emitió un recordatorio sobre los controles que realiza en las cuentas bancarias y las posibles sanciones, como la recategorización de oficio que puede aplicar ante irregularidades. El organismo, ex AFIP, apunta a quienes hagan gastos o registren movimientos económicos incompatibles con sus ingresos declarados, lo que puede derivar en multas económicas y hasta la exclusión del sistema.

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La entidad chequea los datos de consumos, facturación y movimientos bancarios para detectar discordancias y evitar irregularidades dentro de un régimen pensado para pequeños contribuyentes, pero que muchas veces es utilizado de forma incorrecta. Los gastos personales suelen ser el objetivo principal del control de ARCA, que pone el ojo en cuestiones como:

  • Compras de bienes de alto valor que no coinciden con los ingresos declarados.
  • Gastos personales elevados (viajes, consumo con tarjeta, bienes).
  • Depósitos bancarios superiores a lo facturado.
  • Movimientos financieros sin justificación.

En esos casos, la ex AFIP puede llevar adelante la recategorización del monotributista a una o más categorías más altas y solicitar documentación adicional para justificar el origen de los fondos. Si las personas no contestan en tiempo y forma, el organismo puede realizar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).

Los límites actuales para los gastos

Es importante tener en cuenta los umbrales que establece ARCA, a partir de los cuales las entidades bancarias y billeteras virtuales deben informar las transferencias o acreditaciones: es de $50.000.000 para las personas físicas, mientras que para las personas jurídicas desciende a $30.000.000. Estos topes de control también abarcan otros movimientos financieros:

  • Extracciones en efectivo: el umbral es de $10.000.000 mensuales tanto para personas físicas como jurídicas. Anteriormente, cualquier extracción debía ser informada.
  • Saldos bancarios: al último día del mes, se reportan saldos que superen los $50.000.000 en personas físicas y $30.000.000 en jurídicas. Antes, el límite era de $1.000.000.
  • Plazos fijos: deben informarse cuando superan los $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para empresas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: el límite es de $100.000.000 para individuos y $30.000.000 para personas jurídicas.
  • Pagos realizados: el umbral se ubica en $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
  • Compras como consumidor final: el tope es de $10.000.000 mensuales. En períodos previos, los valores eran considerablemente más bajos.

Conocé estos límites y revisá tus movimientos para evitar problemas con ARCA. Si tenés dudas, consultá con un contador de confianza.

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