ARCA cambió un aspecto clave del Impuesto a las Ganancias
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a modificar el calendario del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas y estableció dos nuevas fechas de referencia para septiembre de 2026.
El cambio fue dispuesto mediante la Resolución General 5890/2026y publicada en el Boletín Oficial. La norma modificó los vencimientos que habían sido fijados previamente por el organismo y alcanzó tanto a quienes tributan bajo el régimen general como a quienes utilizan el Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Ganancias 2025: cuándo vence la declaración jurada
El nuevo cronograma establece que la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2025 podrá presentarse hasta el martes 22 de septiembre de 2026, inclusive. En tanto, el primer anticipo de Ganancias correspondiente al período fiscal 2026 vencerá el jueves 24 de septiembre.
El plazo alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas obligadas a realizar la presentación y no establece diferencias según la terminación de la CUIT para esta obligación. Se trata de una nueva modificación del calendario. Previamente, la ex AFIP había establecido el 27 de agosto como fecha límite, después de haber extendido el plazo original mediante una resolución anterior.
La Resolución General 5890/2026 reemplazó ese vencimiento y estableció excepcionalmente el 22 de septiembre para cumplir con la presentación. El cambio también alcanza a quienes se encuentran adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Uno de los puntos centrales del nuevo cronograma es diferenciar entre presentar la declaración jurada y pagar el saldo del impuesto. La prórroga otorgada por ARCA modifica el plazo para presentar la declaración jurada, pero no trasladó a septiembre el vencimiento del saldo correspondiente al período fiscal 2025.
Ese pago tuvo como fecha límite el 27 de julio de 2026 y el vencimiento se mantiene separado del correspondiente a la presentación de la declaración jurada. El esquema había sido establecido previamente por la Resolución General 5876/2026, que había llevado la presentación hasta el 27 de agosto, pero mantenido el pago del saldo para julio.
La segunda modificación importante corresponde al primer anticipo del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2026. ARCA estableció como nueva fecha límite el jueves 24 de septiembre de 2026, también con carácter excepcional.
El vencimiento original estaba previsto para agosto. Luego había sido trasladado a septiembre mediante la Resolución General 5876/2026, que establecía fechas diferentes de acuerdo con la terminación de la CUIT:
14 de septiembre: CUIT terminadas en 0, 1, 2 y 3.
15 de septiembre: CUIT terminadas en 4, 5 y 6.
16 de septiembre: CUIT terminadas en 7, 8 y 9.
Con la nueva resolución, ese esquema fue reemplazado por una única fecha: el 24 de septiembre.







