Condenan a Secretaría de Discapacidad a resolver pensión
(Regional 97.3) En las últimas horas, el Juzgado Federal N°2 de Paraná, a cargo del juez Daniel Alonso, ordenó a la Secretaría Nacional de Discapacidad resolver en un plazo de diez días una solicitud de pensión no contributiva por invalidez, tras un amparo por mora presentado por una madre en representación de su hijo con Certificado Único de Discapacidad.
La resolución hizo lugar a la acción promovida por ADA, condenando a la dependencia nacional a resolver en diez días el planteo, con costas a cargo de la demandada. El magistrado consideró que se encontraba acreditada la mora en la tramitación del expediente iniciado en diciembre de 2023, el cual a la fecha no había sido resuelto por la Secretaría Nacional de Discapacidad.
“Vencidos en exceso”
Alonso sostuvo que no correspondía entrar en el fondo de la cuestión, sino que se solicitaba el dictado del acto administrativo correspondiente, cuyos plazos estaban “vencidos en exceso”. Destacó que había pasado más de dos años y medio desde el inicio del trámite sin que el expediente fuera resuelto, acreditando “en forma sobrada la morosidad” de la administración.
La amparista detalló que en diciembre de 2023 inició el trámite de Pensión No Contributiva por Invalidez ante los organismos competentes, figurando el expediente en estado “Inicio de prestación” sin que se le hubiera notificado acto administrativo alguno. Su hijo, según denunció, posee Certificado Único de Discapacidad.
“Inicio de prestación”
La Secretaría Nacional de Discapacidad, por su parte, reconoció que el amparo perseguía que se ordene cesar la mora y dictar el acto administrativo que resuelva la solicitud. Alegó que el expediente se encontraba cumpliendo adecuadamente con el procedimiento de evaluación, y que se estaba en proceso de analizar la procedencia del beneficio. También mencionó el circuito administrativo de la pensión no contributiva, señalando que ciertos movimientos no son visibles para los particulares por reserva de información y la cantidad de circuitos que transita el expediente.
Además, explicó que recién una vez cumplimentadas todas las diligencias, la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) analiza las actuaciones y, en caso de corresponder una evaluación favorable, procede a dictar el acto de otorgamiento de la prestación.







