ARCA transforma las ganancias con un nuevo modelo simple
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzará un nuevo software para facilitar la declaración jurada simplificada del impuesto a las ganancias. Este sistema estará disponible en las próximas semanas.
Esta presentación se realiza en base a una declaración jurada precargada por la ex AFIP, a raíz de la información que tiene en sus sistemas y la provista por los responsables y/o terceros, que el sujeto puede modificar, confirmar y presentar.
Si el usuario opta por esta modalidad, tiene que presentar la declaración jurada simplificada y esto puede tener dos efectos. Por un lado, puede haber un efecto liberatorio del pago con relación al período fiscal por el cual se ejerce la opción (período fiscal base), mientras que por el otro se puede dar la presunción de exactitud de las declaraciones juradas de IVA y ganancias de los períodos fiscales no prescriptos.
Cabe aclarar que estos efectos se mantienen en tanto ARCA no detecte en la última declaración jurada simplificada presentada (del período fiscal base) la omisión en la declaración de ingresos o el cómputo de una deducción improcedente y/o la utilización de facturas u otros documentos que resulten apócrifos, y detecte una diferencia que constituya una discrepancia significativa, en cuyo caso impugnará la declaración jurada.
Cómo adherir a la declaración jurada simplificada del impuesto a las ganancias
Las condiciones para adherir a este sistema son:
Tener ingresos totales de hasta $ 1.000.000.000. Se tienen en cuenta las ganancias brutas gravadas, exentas y/o no gravadas por el impuesto a las ganancias, sean de fuente argentina o extranjera. Se consideran todas las ganancias, beneficios y/o entradas de fondos propios (periódicas o eventuales), excepto los reembolsos de capital.
Tener un patrimonio total de hasta $ 10.000.000.000.
Un punto importante es que estos requisitos se deben cumplir durante el año inmediato anterior al período fiscal de ejercicio de la opción o ratificación, y en cada uno de los dos años fiscales inmediatos anteriores.
También hay que aclarar que para ingresar al sistema se tiene en cuenta la sumatoria de bienes en el país y/o en el exterior, gravados, exentos y/o no gravados por el impuesto sobre los bienes personales, y valuados conforme lo dispone la ley de ese impuesto.
La adhesión se realiza a través del servicio con clave fiscal “Sistema Registral”, opción “Ganancias PH Simplificada”. La opción se puede ejercer desde el primer día hábil del período fiscal respecto del cual se ejerce la opción, y hasta el día del vencimiento general de la obligación de presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias de ese período fiscal, inclusive.







